GASTOS DEDUCIBLES

LOS GASTOS DEDUCIBLES PARA LOS AUTÓNOMOS

¿Qué son los gastos deducibles? Son aquellos gastos inherentes a la actividad económica de un empresario, además de ser deducido fiscalmente. Los autónomos podrá deducirse todas esas cosas que forman parte de su actividad profesional o están relacionadas con ella, aunque la mayoría son comunes. Desde Gesyou, asesoría online, te asesoramos sobre qué gastos podrás deducirte y nos encargamos de todo.

Estos gastos pueden deducirse en el IVA (Impuesto de Valor Añadido) o en el IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas). Te las podrás deducir cómo gasto en el IRPF y/o en otros casos desgravarte el IVA, siempre y cuando dispongas de la factura.

Para que Hacienda considere el IVA de un gasto deducible

  • Estar vinculado a la actividad
  • Estar justificado mediante una factura en la que se incluyan tus datos y los del proveedor ( nombre, DNI, dirección)
  • Estar registrado de forma contable en el libro de ingresos y gastos

 

Para que un gasto sea deducible en el IRPF…

  • Deben estar relacionados con la actividad
  • Deben estar justificados mediante factura
  • Solicitar factura cada vez que realizamos algún gasto
  • Deberán estar registrados en el libro contable
  • Estar imputados al ejercicio contable donde se hayan generado

 

¿CUALES SON LOS GASTOS DEDUCIBLES PARA LOS AUTÓNOMOS?

 

COMPRA DE MERCADERÍAS Y MATERIAS PRIMAS

Si compras y vendes productos, o bien compras materias para producir tus propios productos o artesanía podrás deducir el gasto en la compra de estos y el IVA pagado en la compraventa. Pero debes mantener un cierto control de stocks para saber la entrada y salida de mercaderías por si Hacienda solicitara su justificación.

ARRENDAMIENTO Y GASTOS DE OFICINA 

Deberás declarar en tu modelo 037 o declaración censal que realizas la actividad en este domicilio. De esta forma, se declara como afecto a la actividad.

En la factura del alquiler pagarás IVA, por lo que este IVA que está relacionado con tu actividad es deducible. También es deducible como gasto para el IRPF. Si compartes un Co-working también podrás deducir ese gasto, o bien si contratas una oficina online.

SUMINISTROS O GASTOS FIJOS

En caso de trabajar en un local afecto a la actividad, todas estas facturas son deducibles al 100%, tanto en IVA como en IRPF. Hablamos de las facturas de la luz, internet, agua, etc.

MATERIAL DE OFICINA

Todo el material que necesites para desarrollar tu actividad (folios, bolígrafos, carpetas…). Presentando la factura podrás deducirte el IVA y como gasto para el IRPF.

GASOLINA

Podrás deducirte la gasolina consumida durante tu actividad profesional en ciertos casos. Lo normal es un 50% para el IVA si no puedes demostrar que su uso es exclusivo para la actividad pero lo has usado para ese ejercicio. De lo contrario tendría que demostrar que ese vehículo solo lo utilizas para trabajar.

Si eres agente comercial y utilizas un vehículo en exclusiva para ello podrías deducirla, así como si te dedicas al transporte y tu vehículo está afecto al 100%. Para más detalle, consulta nuestro post: ¿Puedo deducirme la gasolina si soy autónomo?

DIETAS Y VIAJES DE NEGOCIOS

Si te ves obligado a comer fuera durante el desarrollo de tu actividad podrás deducirte el gasto conforme a unos ciertos límites, los cuales son distintos si te encuentras en tu municipio o país o no.  Las dietas que proceden de los viajes de negocios para captar a nuevos clientes o acudir a congresos también son deducibles. El hecho de acudir a ferias, eventos del sector, aunque sean en tu ciudad también pueden deducirse.

¡OJO! Los trabajadores por cuenta propia podrán deducirse 26,67 euros cada día (48 euros en el extranjero) cuando no pernoctan, y 53,34 euros diarios cuando pernoctan en España (91,35 euros en el extranjero). Más información, en nuestro post: ¿Las dietas son deducibles para los autónomos?

PRODUCTOS INFORMÁTICOS

Un ordenador es algo básico para cualquier autónomo, al igual que muchos de sus accesorios informáticos (impresores, usb…). Pide la factura siempre. Tu asesor puede calcular la amortización en caso de tratarse de un activo al superar el límite de 300 euros. Si supera además los 3005 euros, se trata de un bien de inversión a efectos del IVA por lo que habrá que declararlo en una casilla concreta en el modelo 303.

Si utilizas un programa informático especializado para tu servicio, también puedes amortizarlo según el coste del mismo de forma conjunta o independiente con tu ordenador.

COCHE Y TRANSPORTE

Para que la compra de un vehículo sea deducible, deberás demostrar que el uso es exclusivo para la actividad. Si dejas de ser autónomo antes de 5 años deberás regularizar la deducción de IVA que realizaste en el momento de la compra.

El parking mientras estás desarrollando tu actividad profesional es deducible para IVA. Igualmente, presentando las facturas de las tarjetas de transporte público utilizada en el trimestre podrás incluirlo como gasto deducible como el billete del metro, etc.

MÓVIL Y FACTURA

Tanto el aparato en sí que utilices en tu actividad profesional como la factura, entran también como gastos deducibles si los dedicas de forma exclusiva a ello, por ejemplo puede demostrarse al tener otro teléfono a tu nombre para su uso personal.

La compra del terminal dedicado en exclusiva a la actividad, deberá amortizarse en el caso de superar los 300 euros como hemos comentado, en caso contrario el gasto será deducible por completo en el momento de la compra.

PRESENCIA ONLINE

En este apartado entra el diseño de la página web (si la tuvieras) y el coste del dominio, del hosting y la licencia de software. Si usas una nube o alguna plataforma e-commerce también puedes deducir el gasto.

PUBLICIDAD Y MARKETING

Aquí se incluyen todas las campañas online que realizarás para promocionar  tu empresa o negocio en la red. Estos también serán gastos deducibles como autónomo: Facebook, Google Ads, Twitter… Y software de márketing como Quipu, Hootsuite, Plugins, Trello…

Estos gastos pueden ser sin IVA al proceder de proovedores intracomunitarios, por lo que deberás declararlos en el modelo 349 de forma informativa si estás de alta en el ROI. POST

ASESORÍA Y PERSONAL EXTERNO

Si cuentas con asesoramiento externo, ya sea una asesoría o cualquier otro tipo de profesional también puedes deducirlo como gasto.

CUOTA DEL AUTÓNOMO

El hecho de ser autónomo y de la cuota que esto requiere, puedes incluirlo entre los gastos a deducir. Si abonas este gasto mediante una mutua como el caso de ingenieros, abogados, etc tiene el mismo trato fiscal.

VIVIENDA

Si utilizas parte de tu vivienda como oficina y la vas a considerar como tal tu factura deberá llevar IVA. En ese caso, podrías deducir una parte proporcional, que utilizas para ello, considerado en metros cuadrados sobre el total de la casa. Esto ocurre con los gastos como luz, agua, electricidad o con el seguro del hogar.

Por lo tanto, no suele compensar esta opción ya que el pago del IVA como tal supone un mayor gasto que estas deducciones.

En caso de que optes por afectar parte de tu vivienda a la actividad, la ley del autónomo de 2017 concreta que todos estos gastos deducibles lo serán en el 30%.

SEGURIDAD SOCIAL Y MUTA PRIVADA

Todas las cotizaciones que el empresario tiene que pagar a Seguridad Social y el coste de seguro privado, ambos gastos pueden ser deducidos.

FORMACIÓN

Todos los gastos de cualquier actividad destinada a tu formación o a la de tus trabajadores puedes incluirla como gasto deducible.

GASTOS DEL PERSONAL

Formación, dietas, pagas extraordinarias, premios, viajes de trabajo, seguros de accidentes o indemnizaciones por rescisión de contrato. Todo lo relacionado con el personal que tengas contratado.

GASTOS ECONÓMICOS

Los intereses de los préstamos que tengas al igual que de los donativos (con un máximo del 30%) puedes deducirlo sin problema. Si sueles realizar comprar a través de PayPal o tienes como plataforma de pago Stripe, puedes deducirte las comisiones.

 

 

¿Tienes dudas sobre qué gastos puedes deducirte? ¿No sabes cuánto puedes deducirte y si lo puedes hacer en el IVA o en el IRPF? ¡En Gesyou estamos para ayudarte! Contacta con nosotros en hola@gesyou.es o llamando al 900929395