¿Cómo constituir una Sociedad Limitada (S.L) en 2023?

Si estás pensando en constituir una S.L., debes saber que la Sociedad Limitada es el tipo de empresa más común después de los autónomos en España, especialmente como un segundo paso del autónomo que ha crecido y le preocupa la tributación sobre sus beneficios y la responsabilidad personal.

Si tienes dudas sobre si pasarte a S.L. o comenzar directamente como sociedad limitada en 2023, debes tener en cuenta los pros y los contras de este tipo de empresa para responder a la típica pregunta de ¿autónomo o S.L.?

¿Qué es una Sociedad Limitada?

 

Se trata de un tipo de constitución de empresa, en la que la responsabilidad está limitada, es decir, que responderías sólo con el patrimonio aportado a la sociedad. Debe constituirse en documento público y es posible formarla por varios socios.

Beneficios de crear una S.L

 

Tipo impositivo fijo: Es el principial beneficio, ya que siendo autónomo puedes llegar a pagar en el IRPF un 50% de tus beneficios, sin embargo como S.L., nunca tributarás más de un 25%.

Beneficios fiscales: entre ellos, la aplicación del tipo reducido de sociedades del 15% durante el primer año  en que tengas beneficio y siguiente, amortizaciones, deducción de salarios, etc.

A nivel comercial muchas veces la S.L ofrece una imagen más profesional, grande y solvente. Normalmente también puede ser la mejor forma de acceder a créditos bancarios, ya que sus cuentas son más claras y precisas. El hecho de ser una S.L siempre dará mayor confianza económica.

Compensación de bases negativas: en la mayoría de los casos, si has tenido pérdidas durante algún año, podrás compensarlo con las bases positivas de los años posteriores en el impuesto sobre sociedades.
constituir sociedad limitada

Cómo crear una Sociedad limitada paso a paso

 

1. Registrar el nombre de la sociedad (entre 2 y 3 días)

Este puede ser un paso complicado en algunas ocasiones, ya que tu nombre debe ser original, por ello siempre recomendamos que sean opciones distintivas y compuestas. Para ello debemos proporcionar 5 nombres posibles al Registro Mercantil y obtendremos la certificación negativa de denominación social. Esto tiene un coste de unos 16 euros.

2. Abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad (2 días)

Es importante que elijas un banco que te vaya a proporcionar todo lo que necesitas: trámites online, disponibilidad de liquidez inmediata, posibilidad de realizar remesas si vas a contratar trabajadores, etc. Es necesario aportar a la sociedad 3.000 euros de capital social entre todos los socios, aunque también es posible aportarlo en «especie» mediante bienes como ordenadores etc.

Deben facilitarte un certificado de titularidad de la cuenta y de aportación del capital social.

3. Redacción de los Estatutos Sociales

Te recomendamos que cuentes con un especialista para ello, ya que todo lo que se fija en ellos rige el funcionamiento posterior de la S.L. Por ejemplo, se fija la forma de participación de los socios para la toma de decisiones o la forma de llegar a acuerdos en ella o si vais a cobrar algún tipo de contraprestación por el trabajo aportado.

Es importante elegir el órgano de administración: administrador único, mancomunados, solidarios o bien un consejo de administración. Debe establecerse la forma en la que se van a llevar a cabo los acuerdos, las actas posteriores, etc.

Sabemos que estas formalidades pueden resultar complicadas, por lo que en Gesyou, asesoría online, realizamos un estudio de los socios y redactamos los estatutos en función de tus necesidades.

4.  Escritura pública ante notario de la constitución de la sociedad (3-5 días)

Si te das de alta con un  gestor que sea punto PAE, este es el único trámite que tienes que hacer de forma presencial. Tu gestor se pondrá en contacto con una Notaría y debes acudir a la firma de la escritura de constitución, el acto por el cual se crea «oficialmente» la empresa. Los documentos necesarios serán:

  1. DNI  de los socios.
  2. Estatutos Sociales.
  3. Certificación negativa de denominación del Registro Mercantil.
  4. Certificación del banco de la aportación al Capital Social.

 

5. Trámites en Hacienda y Seguridad Social: Obtención del NIF, alta en el IAE y Seguridad Social, declaración censal

Una vez se ha constituido la empresa en Notaría, es el momento de presentar un modelo 036 para dar de alta a la empresa como obligado tributario en Hacienda, y solicitar el NIF provisional que tiene validez por 6 meses. En este modelo se registra el epígrafe o epígrafes que corresponden a tu actividad.

Si ya eras autónomo, es necesario darte de baja en Hacienda con el modelo 037 si no vas a realizar una actividad profesional de forma personal. En Seguridad Social conforme a tu régimen en la sociedad, puede ser necesario informar del paso de autónomo a autónomo societario. Esto conlleva el paso a pagar mensualmente la cuota de autónomo societario, de 367,84 euros al mes. Según los Tribunales, los autónomos societarios tienen acceso a la tarifa plana, sin embargo, es necesario llegar a la vía judicial para ello ya que la Seguridad Social aplica de oficio la tarifa completa.

Presentación en Hacienda Autonómica el modelo de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (exento).

6. Inscripción en el Registro Mercantil provincial  (entre 10 y 15 días desde constitución en Notaría)

El plazo para ello es de hasta dos meses desde la constitución de la misma, y mientras tanto, tendrás un NIF provisional. Este paso se puede realizar tanto por vía presencial como telemática.

Si lo realizas con el método tradicional, puede demorar entre 10 y 15 días, sin embargo, mediante punto PAE, no tendrás que esperar ya que estaría plenamente constituida entre 3 y 5 días.

7. Obtención del NIF definitivo

Una vez registrado en el Registro Mercantil puedes volver a Hacienda para informar la fecha efectiva y solicitar el NIF definitivo con el que ya podrás operar de forma normal y si te has registrado en el ROI, actuar como operador intracomunitario.

 

¿Cuánto cuesta la constitución de una Sociedad Limitada en 2023?

 

Depende de cómo se realice el trámite. Como hemos comentado, si se realiza mediante un punto PAE, como Gesyou, el trámite se reduce en costes, pudiendo ser en torno a 430 euros, y sin embargo, si se realiza por el método tradicional puede llegar a 600 euros (notaría, registro, gestor..).

¿Cuánto tiempo se tarda en crear una sociedad limitada online?

 

También depende de cómo ejecutes el trámite, con un punto PAE acreditado puede tardar incluso 5 días (depende del Registro y cita en Notaría) y con el método tradicional hasta 30 días.

 

Actualmente, como hemos comentado, la forma más rápida y cómoda de crear tu S.L. es mediante un Punto de Atención al Emprendedor (PAE). En Gesyou somos punto PAE acreditado por el Ministerio y podemos ayudarte a constituir tu S.L.  de forma online, y con el único trámite presencial de Notaría, entre 5 y 15 días. Resuelve todas tus dudas sobre ello contactando con un asesor en el 900 929395 o consultando en nuestra página sobre asesoría online para Sociedades Limitadas.

 

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