Modelo 347 ¿Tengo que presentarlo?

El modelo 347  de operaciones con terceros es uno de los más olvidados entre autónomos y empresas. Por eso, debes analizar si estás obligado a presentarlo en este mes de marzo. El día 27 de febrero es el último día para presentarlo, ya que se presenta anualmente, es decir ahora corresponde el modelo 347 de 2022 .

¿Qué es el modelo 347 y quien debe presentarlo?

 

Se trata de una declaración informativa (no se debe pagar nada ni pedir devolución) en la que se informan las operaciones realizadas por valor de más de 3.005,06 euros. Se incluyen tanto las compras (proveedores) como las ventas (clientes). Siempre se presenta a inicios del año siguiente.

Por lo que si has realizado operaciones, en total de todo el año, por más de este valor, deberás presentar el modelo. Estas operaciones, entre otras, no estarían incluidas en este modelo:

  • Operaciones intracomunitarias: compras y ventas que realices a operadores europeos fuera de España.
  • Si tributas en módulos, régimen de agricultura, recargo de equivalencia están excluidas, excepto si has emitido facturas.
  • Operaciones con Canarias, Ceuta y Melilla.
  • Importaciones y exportaciones de mercancías exentas.
  • Si te encuentras en Régimen de Atribución de Rentas.

Puede que tengas dudas sobre algunas operaciones que, por ejemplo, están exentas de IVA, como la formación o los seguros. Estas operaciones inicialmente deben incluirse aunque depende de si están o no sujetas al impuesto.

CAMBIAR DE ASESORIA

¿Cómo realizar correctamente el modelo 347?

 

¿Dónde se presenta?

 

Puedes presentarlo desde la sede electrónica de Hacienda o puedes ponerte en contacto con tu asesor para solicitarlo.

¿Qué información necesito?

 

Debes tener al día la contabilidad y registrar el CIF de los proveedores correctamente durante el año, ya que debes informar estos datos en el modelo. Además es importante realizar correctamente el desglose por trimestres.

Es un modelo informativo, pero los datos comparables con nuestros proveedores y clientes deben cuadrar. Por eso siempre recomendamos ponernos en contacto con la administración de estos para ver si existe algún error o diferencia y poder solventarlo.

Necesitas la siguiente información en concreto:

  • NIF declarado o representante de la empresa.
  • Nombre de la empresa o autónomo.
  • Provincia.
  • País.
  • Clave Operación. Se debe informar con la clave «A» o «B» normalmente, dependiendo de si se trata de una compra o una venta.

Es importante que incluyas el TOTAL de las cantidades, es decir, con el IVA incluido.

 

Si no tienes claro que operaciones debes informar en este modelo o si estás obligado a presentarlo, consulta con nuestros asesores de Gesyou en hola@gesyou.es o el 900 92 93 95, estamos encantados de ayudarte.

Y si simplemente quieres olvidarte de todos los impuestos que te traen de cabeza, consulta nuestros servicios para autónomos y Pymes.

 

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