cobrar el paro y ser autónomo

¿COBRAR EL PARO Y SER AUTÓNOMO A LA VEZ?

En alguna ocasión te habrás preguntado… ¿será posible cobrar el paro y ser autónomo a la vez? Y la respuesta es sí, excepto en algunos casos. ¡Resolvemos las dudas que este tema pueda causarte en Gesyou, tu asesoría online!

A día de hoy, con la aprobación de la ley el 25 de agosto de 2015, las personas que estén cobrando la prestación por desempleo podrán compatibilizarla con el alta de autónomo. Da igual la edad que tengas, podrás compatibilizar ambas cosas durante un máximo de 9 meses.

¡Esta es una gran ayuda para los nuevos autónomos! Ya que pueden aprovechar esos 9 meses para despegar y poder vivir de sus ingresos. Pero no olvides que tienes 15 días para solicitarlo desde el momento en el que te des de alta como autónomo, si se te pasa el plazo no podrás acogerte a esta medida. Puedes descargarte la solicitud aquí y llevarla al SEPE de tu localidad.

Durante el tiempo que estés compatibilizando ambas opciones no estás obligado a a los compromisos que normalmente surgen como demandante de empleo para cobrar el paro.

 

¿Y SI CESO MI ACTIVIDAD?

Si tuvieras derecho a la protección por cese de actividad o paro de autónomo podrás beneficiarte de él (aunque ya sabemos lo complicado que es que un autónomo tenga este derecho..).

Puedes seguir recibiendo el paro por desempleo el tiempo que te quedase acumulado si cesas tu actividad antes de llegar al noveno mes de prestación. ¡Será como si nunca te hubieras dado de alta como autónomo!

Pero si los 9 meses de compatibilización ya han pasado, tu derecho al cobro quedaría congelado hasta que vuelvas a cursar la baja en el RETA en algún momento de los 5 años siguientes.

¿EN QUÉ CASOS NO SERÍA POSIBLE COMPATIBILIZAR?

 

No sería posible si…

– Si tu último empleo ha sido por cuenta propia.

– Si has disfrutado de esta medida en los 24 meses anteriores al inicio de tu nueva actividad.

– Si obtuviste el cobro del pago único del paro en los 24 meses anteriores.

– Si te das de alta como autónomo y firmas un contrato para realizar tu actividad profesional con el empleador al que hubieses prestados tus servicios por cuenta ajena inmediatamente antes del inicio de la situación legal de desempleo (o con una empresa del mismo grupo empresarial)

– Si recibiste el pago único o capitalización del paro en los 24 meses anteriores al inicio de la nueva actividad.

¿PODRÍA RECUPERAR EL PARO TRAS SER AUTÓNOMO?

Sí, podrías recuperar el paro, aunque con algunos condicionantes. El procedimiento sería el siguiente:

Primero, el autónomo debe notificar en su oficina de empleo su voluntad de trabajar por cuenta propia y darse de alta en el RETA para que suspendan la prestación. Además, es necesario que se de de alta como autónomo en Hacienda y Seguridad Social.

Finalmente, si las cosas no funcionasen bien, podría darse de baja en autónomo y solicitar la reanudación del desempleo en la oficina correspondiente. Debe tener en cuenta que, a partir de los 24 meses, hay que acreditar causas económicas u organizativas que justifiquen el cierre y la baja.

¿Tienes dudas sobre este tema? ¿No estás seguro si en tu caso podrías cobrar el paro y ser autónomo? Con Gesyou no volverás a estar solo… ¡te ayudamos con el papeleo! Con el apoyo de tu gestor personal, para que siempre sepas lo que te conviene.