tercer trimestre

6 CONSEJOS PARA EL FIN DEL TERCER TRIMESTRE – ASESORÍA CONTABLE

El próximo día 20 finaliza el plazo para presentar el tercer trimestre. ¿Todavía no lo habéis hecho? No te pierdas los consejos de Gesyou, asesoría online para autónomos, para afrontar con total tranquilidad el fin del trimestre. Lo ideal es comenzar a preparar el trimestre con anticipación para poder corregir posibles errores, evitar la duplicidad de facturas…

ATENCIÓN: Hacienda ha ampliado el plazo para domiciliar los pagos del tercer trimestre en el banco. Ahora puedes hacerlo hasta el MIÉRCOLES 16 DE OCTUBRE.  Si no lo has hecho, deberías hacerlo, te ahorrarás esperas.

 

CONSEJOS PARA PRESENTAR EL TERCER TRIMESTRE

 

TEN PRESENTE EL CALENDARIO

 

Desde el 1 de octubre hasta el 15 de octubre pago domiciliado del trimestre. Para pagar los impuestos a través de domiciliación bancaria. Hasta el 21 de octubre podrás presentar los puestos sin pago domiciliado.

¡IMPORTANTE! No te pases los plazos, así evitarás las recargas y sanciones.

 

SE PREVISOR

 

Un error muy común entre los autónomos es no tener en cuenta que los importes por el IVA luego hay que abonarlos. Para no llevarte sorpresas a la hora de presentar el trimestre, aparta la recaudación por el IVA. Con el software de gestión de Gesyou siempre tendrás presente la cantidad a abonar de IVA.

 

NO OLVIDES PRESENTAR TODOS LOS MODELOS DEL TERCER TRIMESTRE

 

Mientras que sigas inscritos en el censo empresarial de Hacienda debes cumplir con tus obligaciones fiscales, aunque no tengas ingresos.

También es posible que tengas que presentar distintos modelos dependiendo de tu tipo de facturación entre unos trimestres y otros. Por ejemplo, si un mes tienes trabajadores, deberás presentar el 111, o bien, si  realizas alguna compra o venta en otro país de la Unión Europea este trimestre, deberás presentar el modelo 349.

Los impuestos a presentar a la finalización del trimestre son:

  • Modelo 111: Debe presentarlo aquellos autónomos con trabajadores contratados. Declaración trimestral de las retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios.
  • Modelo 115: Si eres titular de un contrato de alquiler donde desarrollar tu actividad económica. En este caso, tienes que rendir cuenta a Hacienda de las retenciones mensuales del pago del alquiler.
  • Modelo 130: Autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Al final del año y con los cuatro modelos trimestrales del 130 se reajusta.
  • Modelo 131: Si Tributas es Estimación Objetiva. Desde 2015 solo se puede presentar telemáticamente.
  • Modelo 303: Declaración trimestral del IVA. Obligatorio para los profesionales que desarrollan una actividad sujeta a IVA.
  • Modelo 349: Si desarrollas operaciones intracomunitarias en tu actividad. Para declarar estas operaciones tienes que estar dado de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias, tener CIF intracomunitario y emitir facturas sin IVA.

 

ORGANIZA TU CONTABILIDAD

 

Con el fin del trimestre es hora de contabilizar todas sus facturas, las emitidas y recibidas. Debes guardar todos estos datos, ya que a final de año deberá presentar un resumen de todo el ejercicio. Además, Hacienda podría realizar comprobaciones mediante un requerimiento y es necesario tener todo correctamente archivado.

IMPORTANTE: No olvides que las facturas impagadas hay que registrarlas para declarar el IVA y si hay algún error, es posible que se pueda regularizar antes de fin de año. El tercer trimestre es el mejor momento.

 

TU CERTIFICADO DIGITAL, TU MEJOR ALIADO

 

A través del certificado digital podrás realizar todas tus gestiones y consultas de forma online en Hacienda, por ejemplo ver qué impuesto tienes que presentar o recuperar los presentados anteriormente. Si vas a presentar el trimestre por tu cuenta, ojo con no tenerlo caducado.

 

APLAZAMIENTO DEL TRIMESTRE

 

¿Sabías que existe la posibilidad de aplazar el pago del trimestre? Tienes la posibilidad de realizar un aplazamiento de la deuda. Tienes que tener en cuenta que este aplazamiento conlleva recarga. Sin embargo, el modelo 111, si tienes trabajadores contratados, es el único pago que no puedes aplazar. Además, se trata de una solicitud que puede ser denegada, por lo que debes ser previsor, y tener en cuenta, que si tienes deudas anteriores, podrá venir denegado.

No dejes que el fin del trimestre consuma tu tiempo y no le dediques el tiempo necesario a tu negocio. Olvídate del trimestre de la mano de GESYOU. Contacta con nosotros en hola@gesyou.es o llamando al 900 92 93 95