pago único del paro

PAGO ÚNICO DEL PARO PARA EMPRENDER

El pago único del paro consiste en cobrar  directamente todo o parte del importe pendiente de la prestación por desempleo. El pago del paro único para emprender puedes utilizarlo, siendo autónomo o socio de una empresa, siempre y cuando destines ese dinero en unas determinadas condiciones. Además, tiene sus beneficios. El 100% de las cantidades percibidas en este concepto están exentas del IRPF.  Desde Gesyou, os explicamos todos los detalles de esta fórmula, quiénes pueden solicitar el pago único y cuáles son los requisitos que deben cumplir:

pago único del paro

 

EL PAGO ÚNICO DEL PARO LO PUEDEN SOLICITAR LAS PERSONAS QUE VAYAN A …

 

  • Incorporarse de forma estable como socios/as trabajadores/as o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales ya constituidas, o constituirlas, aunque se haya mantenido un contrato previo con las mismas.
  • Desarrollar una actividad como personas trabajadoras autónomas. No se incluirán en este caso quienes se den de alta como trabajadores/as autónomos/as económicamente dependientes, firmando un contrato con una empresa con la que hubieran mantenido una relación contractual inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo o que pertenezca  al mismo grupo empresarial de aquella.
  • Destinar el importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en la misma una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

 

REQUISITOS PARA SOLICITAR EL PAGO ÚNICO DEL PARO

 

  • Ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo. Y tener pendiente de recibir a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades.
  • No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
  • No haber iniciado la actividad económica, ni estar dado de alta en la Seguridad Social antes de presentar la solicitud. Nos obstante, una vez realizada la solicitud, se puede iniciar la actividad. Y darse de alta en Seguridad Social antes de la resolución del pago.
  • Si se ha impugnado el despido, la solicitud del pago único debe ser posterior a la resolución el procedimiento.
  • Quienes en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación de desempleo a nivel contributivo. En este caso, no tendrán derecho a recibir el pago único.
  • Acreditar el alta como autónomo o la incorporación como socio trabajador de una cooperativa, sociedad laboral o mercantil. Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la fecha de aprobación.

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA DETERMINADOS GRUPOS

 

  • Personas que quieran trabajar por cuenta propia o como autónomos y tengan una minusvalía igual o superior al 33%. En este caso, pueden solicitar el 100% de la prestación contributiva en un pago único.
  • Jóvenes varones de 30 años y mujeres de hasta 35 años pueden solicitar hasta el 100%.

 

CANTIDADES A COBRAR DEL PAGO ÚNICO DEL PARO

 

AUTÓNOMO: 

Puede solicitar y obtener la cantidad que justifique como inversión para el desarrollo de una actividad por cuenta propia, incluyendo las cargas tributarias y los gastos de puesta en funcionamiento. Sin embargo, se debe aplicar el límite del 100 % de la prestación que le quede por percibir. Se abonará como pago único la cuantía de la prestación calculada en días completos, de la que se deducirá el importe relativo al interés legal del dinero.

Si no vas a obtener toda su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono mensual del importe restante para subvencionar su cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de la actividad. También se podrá destinar hasta el 15 % de la cuantía del pago único de la prestación a pagar servicios específicos de asesoramiento. Y de formación e información relacionados con la actividad a emprender.

SOCIO ENTIDAD MERCANTIL: 

Se puede obtener hasta el 100% del importe de la prestación que le quede por percibir. Podrás destinar el pago único a realizar una aportación al capital social de dicha sociedad, así como para hacer frente a los gastos de creación y puesta en funcionamiento de la misma. El cálculo es igual que para el caso de los autónomos, por días completos restando el interés legal del dinero.

Al igual que en el caso anterior, podrás solicitar simultáneamente el abono mensual del importe restante  de la parte percibida para subvencionar su cotización a la Seguridad Social. Puedes solicitar y obtener todo el importe para destinarlo exclusivamente a subvencionar estas cotizaciones.También podrás destinar hasta el 15 % de la cuantía del pago único de la prestación a pagar servicios específicos de asesoramiento y de formación e información relacionados con la actividad a emprender.

SOCIO TRABAJADOR DE CARÁCTER ESTABLE EN UNA COOPERATIVA: 

Puedes obtener hasta el 100 % del importe de para abonar la cuota de ingreso y para realizar la aportación obligatoria. Así como para hacer frente a los gastos de puesta en funcionamiento de la misma. Únicamente puedes obtener como pago único la cantidad efectivamente desembolsada.

Si vas a destinar parte del pago único a realizar una aportación voluntaria al capital de la cooperativa, deberás aportar una certificación de su órgano de gobierno de que esa cantidad se destina al capital social. Además, deberás firmar ante la cooperativa el compromiso de que dicha aportación voluntaria permanecerá en la cooperativa. Deberás presentar el justificante de dicho compromiso ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Otra posibilidad es solicitar simultáneamente el abono mensual del importe restante para subvencionar tu cotización a la Seguridad Social. Se abonará la prestación en un único pago, restando el interés legal del dinero. Podrás destinar hasta el 15 %  a pagar servicios específicos de asesoramiento, formación e información

SOCIO TRABAJADOR DE CARÁCTER ESTABLE EN UNA SOCIEDAD LABORAL: 

Podrás solicitar el pago de toda la prestación que te reste percibir para adquirir acciones o participaciones de una sociedad laboral en la que vayas a trabajar. También pueden incluirse los gastos para hacer frente a los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de la misma. Como en los otros casos, se permite cobrar simultáneamente el abono mensual del importe restante para subvencionar su cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de la actividad o destinar hasta el 15% para servicios de asesoramiento o formación.

¿Demasiada información? ¿Quieres saber realmente que cantidades te correspondería en tu caso? Solo tienes que rellenar nuestra solicitud de contacto y nos pondremos en contacto contigo.

CÓMO SOLICITAR EL PAGO ÚNICO DEL PARO

La solicitud para recibir el pago único del paro podrás presentarla en :

Toda la documentación  para solicitar el pago único del paro la podéis descargar de la página del SEPE.

La fecha de la solicitud debe ser anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o a la del inicio de la actividad como persona trabajadora autónoma o como socio o socia de la entidad mercantil. Se considera fecha de inicio la que figura como tal en la solicitud de alta de la persona trabajadora en la Seguridad Social.

Junto a la solicitud será necesario entregar la siguiente documentación:

    • Impreso de solicitud de pago único, en modelo oficial.
    • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
    • Extranjeros con residencia legal  en España:
      • Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
      • No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
    • Memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.

¿Demasiado papeleo? ¡Olvídate de todo! Desde Gesyou te gestionamos todo lo relativo a la solicitud del pago único del paro. Nosotros te informaremos de la resolución y de la cantidad que te corresponde percibir.