Últimamente se ha puesto muy de moda ejercer la actividad en España a través de una LLC, frente a las opciones habituales de hacerlo como autónomo o constituyendo una SL, debido a que son muchos los rumores sobre el ahorro de impuestos que supone, la posibilidad de no estar de alta en la seguridad social etc. ¿Supone un ahorro gestionar los impuestos mediante una LLC? ¿Es legal en todos los casos? Queremos ayudarte a que conozcas los riesgos, actúes con seguridad jurídica y te ahorres muchos problemas con Hacienda y Seguridad social.
¿Qué es una LLC?
Una LLC es una sociedad de responsabilidad limitada en Estados Unidos (Limited Liability Company). Son entidades no residentes en España.
Son entidades no residentes en España acogidas a la ley de transparencia fiscal internacional, por lo que los beneficios obtenidos, tributan directamente en la renta del socio en su país de residencia. La LLC es un híbrido entre las SL y los autónomos, que son las dos figuras más típicas en España.
¿Es legal una LLC para ahorrar en impuestos? Posible fraude o simulación fiscal
Dependerá del tipo de actividad y de dónde se sitúan tus clientes. Es importante que puedas justificar tus operaciones fuera de España.
Hay muchas creencias erróneas sobre los beneficios de constituir una LLC, como que al tratarse de bancos fuera de España no hay nada que declarar o que no es necesario darse de alta de autónomo. También que puedes utilizarlas para vender servicios sin IVA.
Es importante que, si resides en España, no olvides tu obligación de estar de alta como autónomo en Seguridad Social y tengas en cuenta que debes informar de los beneficios obtenidos.
¿Cuándo se puede abrir una LLC?
Lo más relevante es que el motivo sea justificado legalmente, y no una simple ficción para ahorrar impuestos.
La principal y más aprobada, es la necesidad de apertura al mercado estadounidense y a otros países fuera de la Unión Europea. Por ejemplo, esto te permitirá abrir cuentas bancarias en otros países y utilizar plataformas de pago de Estados Unidos, acceder a otras plataformas no disponibles aquí, y que la marca sea más identificada en estos países.
Este fraude puede considerarse similar a la «interposición de sociedades ficticias o pantalla”, y el riesgo sería, la posibilidad de que Hacienda te regularice, teniendo que pagar con intereses todo lo dejado de ingresar por haber realizado este fraude, con una sanción, de mínimo el 50% de esta cantidad.
Registro de una LLC en España: obtención de número de IVA
En primer lugar, debes obtener un NIF para la sociedad. La obtención de un número de IVA para la LLC conlleva los siguientes trámites:
- Traducción jurada y apostilla de los documentos del Estado donde constituiste la LLC
- Presentación en la Agencia Tributaria del modelo 036 de alta
Trámites posteriores
- Presentación trimestral de IVA
- Declaración de la Renta sobre beneficios totales
Recuerda, que en Estados Unidos es necesario presentar formularios anuales dependiendo del Estado miembro de alta.
Incidencias en el ROI para una LLC
Uno de los requisitos para el alta en el ROI en Hacienda es vigilar, que exactamente te encuentras localizado en España. Al tratarse de una sociedad extranjera, normalmente se investigará este punto mucho más a fondo. Conforme a nuestra experiencia, tardarán mucho más en facilitar el ROI para una LLC que opera en IVA en España, y es posible que realicen una visita al domicilio fiscal informado en el alta.
Debes estar muy atento a la recepción de requerimientos de Hacienda o actuaciones inspectoras en el domicilio tras solicitar el alta en el ROI para LLC.
Obligaciones de una LLC en España ¿Realmente ahorro en impuestos con una LLC?
- IRPF, declaración de beneficio en la renta como impuesto de la LLC
En la declaración de la renta debes declarar en el apartado de imputación de renta por régimen especial de transparencia internacional. Esto significa que debes declarar el beneficio obtenido en la LLC, independientemente de que lo hayas sacado del banco o del país.
En muchas ocasiones nos habéis trasladado dudas sobre si en EEUU se pueden deducir más gastos que en España, y nuestra recomendación es que os ciñáis a los gastos deducibles relacionados con la actividad y justificados, ya que conforme a la normativa es necesario presentar los libros contables en España, y corres el riesgo de que se considere evasión de impuestos.
No es correcto que en términos contables no hay que llevar contabilidad, en la mayoría de Estados es obligatorio, y además, en España también debes aportar cierta documentación. Si intentas incluir gastos personales, se podrá interpretar por Hacienda claramente que es una infracción grave. Los gastos deducibles, serían los considerados por la ley española.
Descarga aquí la guía definitiva de gastos deducibles
- Aportación de documentación para las LLC
Este requisito es desconocido, pero conforme a la legislación en IRPF, es necesario aportar documentación muy importante:
- Nombre o razón social y lugar del domicilio social.
- Relación de administradores de su domicilio fiscal.
- El balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria.
- Importe de las rentas positivas que deban ser objeto de imputación en la base imponible.
- Justificación, en su caso, de los impuestos satisfechos respecto de la renta positiva que deba ser objeto de imputación
- Cuando hay que dar de alta a una LLC en España en IVA
Para la venta de productos o ecommerce, en el caso de que tengas almacén en España, deberá registrarse un establecimiento permanente. Si sólo tienes aquí mercancía, sin que sea tu propio almacén gestionado por ti, sólo tienes que presentar el alta en Hacienda y obtener un número de IVA. Debes presentar cada trimestre el IVA en España, por lo que, por esta parte, deja de compensar en IVA gestionar una LLC.
En el caso de los servicios, si este servicio se prestara fuera de España, no sería necesaria la gestión de IVA en España, sin embargo, si este servicio lo disfruta el cliente en territorio español ES OBLIGATORIO que se emita factura con IVA.
¿Tengo que ser autónomo si tengo una LLC?
Conforme a la Seguridad Social para una LLC, cualquier persona que resida en España y realice una actividad, debe estar de alta en el régimen de autónomos y cotizar como autónomo conforme a sus beneficios.
Es cierto que la actividad la realiza una empresa no residente y no lo realizas personalmente. En este caso, cabe la posibilidad o de que la sociedad tenga que darse de alta en España y contratar al trabajador, o que tengas que darte de alta de autónomo.
La clave está en la residencia en este caso, por lo que es obligatorio y sancionable, si Seguridad Social lo detecta, puede darte de alta de oficio desde el momento que considere que comenzó la actividad, con la consecuente pérdida de la tarifa plana.