¿Puede un autónomo facturar por 2 o más actividades a la vez? Actualmente, cada vez es más común obtener ingresos por la realización de varias actividades a la vez, al ser necesario adaptarse a las exigencias del mercado. Esto podría complementar sus ingresos y abrirle nuevas oportunidades. ¿Podría trabajar en sectores distintos? ¿Qué pasaría con el IVA? ¿Tengo que informar a Hacienda y Seguridad Social?
Un autónomo puede realizar dos actividades distintas y facturar por ambas. Se considerará que se trata de sectores diferenciados a efectos de IVA:
— Cuando desarrolles varias actividades económicas y una de ellas es recargo de equivalencia, régimen simplificado o régimen especial de agricultura.
— En el caso de darse una serie de circunstancias, como pertenecer a dos grupos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), o que entre los porcentajes de deducibilidad aplicables a ambas actividades disten más de 50 puntos porcentuales.
Pongamos un ejemplo de un autónomo que tiene dos actividades y dos IAES (Impuesto sobre Actividades Económicas) distintos:
- Si trabajo en GLOVO como repartidor sería el IAE de mensajería (8495 1)
- Clases particulares de inglés: IAE de enseñanzas fuera de establecimiento (934 1).
Cambios a partir de 2023 para nuevos autónomos
Es importante tener presente que a partir de enero de 2023 los autónomos cotizan a partir de un nuevo sistema basado en los rendimientos netos de sus negocios. Es decir, el trabajador por cuenta propia deberá tener en cuenta la cuantía de su cotización dependiendo de sus rendimientos netos. La diferencia entre realizar una sola actividad económica y dos o más se encuentra en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). En función del IAE en Hacienda también es relevante el CNAE en Seguridad Social. Se cotizará únicamente por una de las varias actividades que se efectúe que engloba al resto. Sin embargo, es recomendable informar mediante una solicitud a la Seguridad Social de todas las actividades para no encontrar problemas frente a la cobertura de accidentes, etc.
Hacienda y Seguridad Social siendo autónomo de 2 actividades económicas
Es necesario avisar tanto en Hacienda como en Seguridad Social, ya que esto puede afectar en varios aspectos.
Para ello debe realizar una declaración de modificación censal para informar de esta situación. En este caso sería necesario presentar los modelos 036 o 037, evitando así presentar el modelo 840 del Impuesto sobre Actividades Económicas.
¡Esto es muy relevante! Ya que, por ejemplo, afectará para la opción de prorrata especial o deducción de cuotas soportadas antes de comenzar la nueva actividad.
En lo que se refiere a la Seguridad Social hay que tener en cuenta que hay algunas peculiaridades a la hora de calcular la cuota aunque actualmente se han resuelto al considerarse el 30% de cobertura de accidentes para toda actividad.
Y por supuesto, debemos tener una serie de facturación para cada actividad. Esto nos ayudará a tener las facturas organizadas, pudiendo calcular el rendimiento de nuestras actividades. Con Gesyou puedes clasificar tus distintos gastos e ingresos mediante nuestra aplicación con un solo click. El Reglamento de Facturación nos permite emitir series de facturas distintas cuando llevemos a cabo operaciones de distinta naturaleza aunque a efectos de impuestos todo ello se acumula en la misma declaración.
¿IVA? ¿Estimación directa y módulos?
Si las dos actividades pertenecen a sectores diferenciados, debemos aplicar el régimen de deducciones del IVA de forma separada para cada sector.
Además, un autónomo que realizaba una actividad en módulos y se inicia en otra en general, podría simultanear ambas durante el año del inicio de esta última. Tras el primer año, la actividad en módulos tendría que incluirse también en régimen general.
No debemos olvidar que el método utilizado para liquidar el IRPF y el IVA debe ser el mismo. Es imposible que un autónomo presente sus declaraciones de Renta en estimación directa y las de IVA en régimen simplificado.
No podemos olvidar que el régimen simplificado del IVA es exclusivamente para los contribuyentes que declaren el IRPF por módulos.
Prorrata del IVA
Respecto a la prorrata, esta se producirá cuando una actividad no lleva IVA, y otra actividad de las que se procedan si lo lleva. Por ejemplo, vender pan en una panadería (con IVA) y dar clases de cocina (sin IVA).
En el caso de realizar varias actividades, el autónomo está limitado a la deducción del IVA ateniéndose a unas reglas similares a las de la prorrata especial. ¿Qué IVA podrá deducirse?
Tomando el ejemplo anterior:
- No podrá deducirse: El IVA soportado en la adquisición de bienes y servicios que esté relacionado con las clases de cocina.
- Podrá deducirse íntegramente: El IVA soportado en la adquisición de bienes y servicios relacionados con la actividad en la panadería.
- Deducible proporcionalmente: El IVA soportado en aquellos gastos comunes a ambas actividades, aplicando el porcentaje relacionado con la prorrata general.
Dedicarse a más de una actividad es muy común hoy en día… ¡Así que no te preocupes! Si tienes dudas, puedes contar con un asesor especializado para tener todo formalizado con seguridad.