La amortización de bienes para los autónomos puede suponer un gasto deducible importante y, en ocasiones, durante un largo periodo de tiempo. Por eso es importante conocer como funciona y aprovechar la opción más beneficiosa legalmente posible cuando realizas un importante desembolso para invertir en tu negocio. Te afecta directamente en tu rentabilidad y además, en el pago de impuestos. Para el impuesto de sociedades en el caso de las PYMES también es importante aplicarlo correctamente debido a su tratamiento contable.
¿Que es una amortización?
Es un concepto contable que surge cuando decides hacer una inversión para adquirir un bien para tu actividad con un valor superior a 300 € , ya sea maquinaria, un ordenador o un móvil, un coche, etc. Se fundamenta en la pérdida de valor o depreciación que va a sufrir dicho inmovilizado año tras año como si fuera un gasto progresivo para ti.
¿Qué bienes puedo amortizar?
Se considera inmovilizado aquellos bienes afectos a tu actividad, pueden formar parte de tu inmovilizado material como un ordenador o bien inmovilizado intangible como una licencia. Además es posible amortizar muchos otros tipos de bienes como edificios afectos a tu actividad o si trabajas en el sector agrario las plantaciones como tal. Se comienza a amortizar desde el momento que lo adquieres o bien desde que lo afectas a la actividad.
¿Cómo me afectan las amortizaciones?
Repercute tanto en su rendimiento económico como en el pago del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Por un lado, el IVA de la compra del bien de inversión se podrá en su totalidad en el trimestre que se realiza la inversión destacando en la declaración de IVA (modelo 303) que se trata de un bien de inversión en su casilla correspondiente.
Por otra parte, es posible deducirse el gasto en IRPF de una manera proporcional durante varios años. Esto es en base a unos coeficientes que establece Hacienda a aplicar al valor de cada tipo de bien y que quedan recogidos en las llamadas tablas de amortización. Para consultar el porcentaje de coeficiente y años máximos para poder amortizar un nuevo bien de inversión, os dejamos las tablas de amortizaciones publicada por la Agencia Tributaria para este año 2020.
¿Cómo calculo la amortización de bienes?
Si te encuentras en estimación directa simplificada o en estimación objetiva (módulos) tendrán coeficientes diferentes. Además debes detectar el tipo de inmovilizado que se trata para poder analizarlo en las tablas.
Pongamos un ejemplo, si compras para tu negocio un ordenador por valor de 800€ (+168€ de IVA) en el mes de enero, Podrás deducirte el siguiente gasto:
- En IVA, los 168€ podemos deducirlo en el primer trimestre.
- Para el IRPF, debemos calcular la amortización ( durante varios años):
Conforme a las tablas recogidas en Hacienda, los ordenadores son «Equipos de procesos de información o EPI», cuya vida útil es de 4 años,
Dividimos 800 euros/4: 200€. Podemos deducir 200 euros al año en el IRPF o Renta, de cara al modelo 130 de Pagos Fraccionados serían 50 euros para cada trimestre como gasto deducible.
Si por ejemplo lo adquiriera el bien en julio, al ser mitad de año nos imputaríamos para este año la mitad, 200/2: 100€.
De esta forma vas «repartiendo» este gasto para el IRPF durante varios años en lugar de deducirlo de golpe como ocurre con otros gastos normales de la actividad.
Amortización libre
En algunas ocasiones es posible deducir este gasto a elección del autónomo. Esto se produce principalmente cuando el bien nuevo tenga un valor inferior a 300 euros, que es posible deducirlo por entero en el primer año. También en el caso de que los bienes estén afectos a actividades de inversión y desarrollo.
Amortización de bienes acelerada
También existe la conocida amortización acelerada. Si por causas de rentabilidad puede que te interese imputar más ingreso porque tienes un período de mayor beneficio actualmente puedes amortizar la totalidad del bien en los primeros años, puede reducir los años y aumentar el gasto deducible inicial.
En base a nuestro ejemplo, en vez de amortizar 200€ al año en 4 años, podrás amortizar 400€ durante 2 años.
Si no estas seguro de que los bienes en los que has invertido se incluyen entre los bienes amortizables o cuál es el porcentaje aplicable, ¡en Gesyou estamos para ayudarte! Contacta con nosotros en hola@gesyou.es o llamando al 900 92 93 95 y contacta con nuestros asesores.