¿Tengo alguna ayuda por ser autónomo? ¿Cuales son las ayudas a autónomos disponibles en 2019? Las modificaciones han dado lugar a cambios y dudas en las bonificaciones que ofrece la Seguridad Social a los autónomos.
Si tienes dudas respecto a las ayudas a autónomos de las que puedes gozar, en Gesyou estamos para ayudarte. ¡No te pierdas las bonificaciones actualmente activas!
1. Autónomos colaboradores
Las nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos tendrán derecho a una bonificación. Esta se producirá durante los 24 meses siguientes a la fecha de efectos del alta. Equivaldrá al 50% durante los primeros 18 meses y al 25% durante los 6 meses siguientes.
2. Conciliación familiar
Los autónomos que soliciten la conciliación de la vida personal y familiar vinculada a la contratación quedan exentos de pagar la cuota por contingencias comunes.
Esto se aplicará a autónomos que tengan menores de 12 años a su cargo, a algún familiar por consanguinidad o afinidad de hasta segundo grado en situación de dependencia, o con algún grado de discapacidad superior al 33%.
3. Tarifa plana de 60 euros
La tarifa plana ha animado desde sus inicios a muchos autónomos a lanzarse a emprender. La cuota mensual de cotización a la Seguridad Social para nuevos autónomos o autónomos que no hayan estado dados de alta en el RETA en los dos últimos años, se verá reducida a 60 euros durante los 12 primeros meses de actividad.
Si trabajas también por cuenta ajena ten en cuenta la posibilidad de recibir la bonificación para nuevo autónomo en pluriactividad. Es necesario señalar la pluriactividad en el momento del alta.
Además, si la actividad se desarrolla en municipios de 5.000 habitantes la reducción se ampliará hasta los 24 meses.
Si la base de cotización es superior a la mínima, la cuota de autónomos se verá reducida en su equivalente al 80%.
4. Autónomos con discapacidad
Los autónomos con al menos un 33% de grado de discapacidad podrán acceder a la tarifa plana de 60 euros. Esto también se aplicará a las víctimas de violencia de género o de terrorismo.
5. Maternidad
Las autónomas que se encuentren en situación de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o riesgo durante la lactancia natural podrán disfrutar de una bonificación del 100% de la cuota.
Esta resulta de la aplicación sobre la base media que tuviera la trabajadora en los 12 meses anteriores a la fecha en la que se acoja a esta medida.
Esto será compatible con la bonificación establecida en el Real Decreto-Ley 11/1998.
6. Menores de 30 y emprendimiento femenino
Los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35 que inicien actividad o que lleven al menos 2 años sin estar en el RETA podrán hacer uso de una bonificación adicional a la tarifa plana. Esta será equivalente al 30% sobre la cuota por contingencias comunes durante los 12 meses posteriores a la finalización de su bonificación de carácter general.
¿Tienes dudas sobre las ayudas a autónomos que puedes disfrutar? ¡Estamos para ayudarte! Entra en nuestra web, llámanos gratis o escríbenos a WhatApp 900 92 93 95.